La Bitácora Ambiental es
el registro público de los avances del
proceso de ordenamiento ecológico. Esta
bitácora será la herramienta para:
- Rendir cuentas a la sociedad sobre el proceso
de ordenamiento ecológico
- Facilitar el acceso a la información
- Simplificar la gestión de los proyectos
de desarrollo
- Dar certidumbre a los proyectos de inversión
pública y privada
- Evaluar el cumplimiento y la efectividad de
los lineamientos ecológicos y las estrategias
ecológicas
La SEMARNAT cuenta con una serie
de lineamientos y criterios que se consideran
en la construcción de las Bitácoras
Ambientales de competencia de la federación.
Dichos lineamientos y criterios tienen la finalidad
de establecer estándares del contenido
de la Bitácora y de la estructura de las
Bases de Datos para que puedan integrarse en el
Subsistema de Información sobre Ordenamiento
Ecológico, que establece el Reglamento
de la LGEEPA en materia de Ordenamiento Ecológico.
El Artículo 64 del Reglamento
de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente en Materia
de Ordenamiento Ecológico establece que
“La Secretaría emitirá lineamientos
y criterios que determinen formatos y los estándares
para la presentación de los productos derivados
del proceso de ordenamiento ecológico que
corresponda, para su inclusión en el Subsistema”.
Asimismo, se establece la necesidad de contar
con Bitácoras Ambientales y un Subsistema
de Información sobre Ordenamiento Ecológico,
que formará parte del Sistema Nacional
de Información Ambiental y de Recursos
Naturales.
Estos documentos contienen formatos
y estándares para documentos, bases de
datos y cartografía de los ordenamientos
ecológicos, así como estructuras
para organizar dicha información en las
Bitácoras Ambientales, entre otras cosas.
Estos lineamientos y criterios deben seguirse
en los procesos de ordenamiento ecológico
competencia de la federación, aunque se
recomienda tomarlos como referencia para las Bitácoras
Ambientales Estatales o Municipales. |